El caso más frecuente en España: heredar una vivienda. Todo sobre impuestos, opciones de uso o venta, hipotecas, proindivisos y conflictos entre herederos propietarios.
Heredar una vivienda implica una serie de trámites y obligaciones fiscales que deben completarse en un orden determinado. A continuación, el proceso completo desde el fallecimiento hasta que el inmueble queda a nombre del heredero.
Solicitar en el Registro Civil y en el Ministerio de Justicia. Plazo mínimo para el RAUV: 15 días hábiles desde el fallecimiento.
Con el certificado de últimas voluntades se sabe si hay testamento y dónde. Sin testamento, hay que tramitar la declaración de herederos ante notario.
Solicitar información bancaria, nota simple registral del inmueble, valoración del piso y otras deudas del fallecido.
Plazo de 6 meses desde el fallecimiento. Presentar ante la Agencia Tributaria de la CCAA del fallecido.
Ante notario. Todos los herederos aceptan y reparten los bienes según el testamento o acuerdo.
Con la escritura firmada se inscribe el cambio de titularidad. A partir de aquí el heredero puede vender, alquilar o hipotecar.
La hipoteca no se cancela automáticamente con el fallecimiento del titular. Los herederos que acepten la herencia asumen la deuda hipotecaria pendiente. Opciones:
| Impuesto | Cuándo | Quién paga |
|---|---|---|
| Impuesto de Sucesiones | Al aceptar la herencia | Cada heredero por su parte |
| Plusvalía municipal | Al heredar (o al vender) | El heredero |
| IRPF (ganancia patrimonial) | Solo si se vende después | El vendedor (heredero) |
| IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles) | Cada año | El nuevo propietario |