Una de las preguntas más frecuentes en planificación patrimonial: ¿es mejor donar en vida o esperar a la herencia? La respuesta depende fundamentalmente de la comunidad autónoma y puede suponer diferencias de miles de euros.
En algunas comunidades autónomas, tanto donaciones como herencias entre padres e hijos están muy bonificadas:
| Comunidad | Donar en vida | Heredar | ¿Cuál es mejor? |
|---|---|---|---|
| Madrid | ≈ 200€ (99% bonif.) | ≈ 200€ (99% bonif.) | Indiferente fiscalmente |
| Cataluña | ≈ 8.000–14.000€ | ≈ 5.000–12.000€ | Mejor herencia |
| Valencia | ≈ 5.000–10.000€ | ≈ 6.000–12.000€ | Depende del caso |
| Asturias | ≈ 30.000–45.000€ | ≈ 55.000–80.000€ | Mejor donar |
La respuesta depende fundamentalmente de la comunidad autónoma y del tipo de bien. No hay respuesta universal válida para todos los casos.
| Aspecto | Donación | Herencia |
|---|---|---|
| Impuesto | Imp. sobre Donaciones | Imp. sobre Sucesiones |
| Bonificaciones comunidades autónomas bonificadas | Menores | Hasta 99% |
| Control del donante | Pierde el bien | Mantiene hasta su muerte |
| IRPF del donante | Tributa por ganancia | No tributa |
| Reversibilidad | Solo por causas tasadas | Puede modificar testamento |
Los bienes heredados tienen un coste de adquisición actualizado al valor del momento del fallecimiento, reduciendo la ganancia patrimonial cuando el heredero los venda. Con la donación, el hijo hereda el coste original del donante, lo que puede generar mayor tributación futura.
Solo en supuestos muy concretos: ingratitud del donatario, incumplimiento de cargas o superveniencia de hijos. No por mero arrepentimiento.
Sí. Donar dinero no genera ganancia patrimonial en el donante. Donar un inmueble que ha subido de valor puede generar una ganancia patrimonial importante.
Sí, y en algunas comunidades autónomas puede ser más ventajoso. Solo está disponible en Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco.
No hay límite legal, pero las donaciones que vulneren la legítima de los herederos forzosos pueden ser reducidas por los tribunales.
Existe una regla práctica que funciona en la mayoría de casos: en comunidades autónomas con bonificación del IS del 99%, siempre es mejor heredar que donar. La razón es simple: el Impuesto sobre Donaciones no suele tener la misma bonificación que el de Sucesiones, y además el donante paga IRPF por la ganancia patrimonial generada.
En comunidades autónomas con alta tributación en Sucesiones (Cataluña, Asturias, Comunidad Valenciana), el análisis es más complejo y debe hacerse caso por caso con un asesor fiscal.
Cuando se hereda un bien, el valor de adquisición a efectos fiscales se actualiza al valor declarado en la herencia (valor del momento del fallecimiento). Esto significa que cuando el heredero venda el bien en el futuro, la ganancia patrimonial se calculará sobre ese valor actualizado, no sobre lo que pagó el fallecido hace 30 años.
Con la donación, el hijo hereda el valor de adquisición original del donante. Si vende después, la ganancia se calcula sobre ese valor antiguo (mucho más bajo), generando una tributación mucho mayor en el IRPF.
Ejemplo:
Piso comprado en 1990: 60.000€. Valor actual: 300.000€.
Si se hereda y el heredero vende a 300.000€: ganancia patrimonial = 0€ (porque el valor de adquisición en la herencia era 300.000€).
Si se dona y el hijo lo vende a 300.000€: ganancia patrimonial = 240.000€ (300.000 − 60.000). IRPF: ≈ 50.000€.
Hay casos específicos en los que donar supera a heredar desde el punto de vista fiscal y práctico:
La pregunta "¿mejor donar o heredar?" no tiene una respuesta única. Depende de la comunidad autónoma, del tipo de bien, del parentesco y de tu situación fiscal concreta. En Madrid, la herencia casi siempre gana. En Cataluña, depende del patrimonio. Lo que sí es universal: la planificación anticipada siempre es mejor que la improvisación.
| Comunidad | ¿Mejor donar? | ¿Mejor heredar? | Conclusión |
|---|---|---|---|
| Madrid | ❌ No | ✅ Sí (99% bonif.) | Mejor heredar |
| Andalucía | ❌ No | ✅ Sí (99% bonif.) | Mejor heredar |
| Extremadura | ⚠️ Depende | ✅ Sí (99% bonif.) | Mejor heredar |
| Cataluña | ✅ Sí (importes bajos) | ❌ Más caro | Mejor donar |
| Valencia | ⚖️ Similar | ⚖️ Similar | Similar (75% ambos) |
| País Vasco | ⚠️ Depende | ✅ Sí (exención foral) | Mejor heredar |
| Comunidad | IS herencia (hijos) | ISD donación (hijos) | ¿Cuál conviene? |
|---|---|---|---|
| Madrid | 99% bonificación | 99% bonificación | Herencia (IRPF donante) |
| Andalucía | 99% bonificación | 99% bonificación | Herencia (IRPF donante) |
| Cataluña | Alta (sin bonus) | Alta (sin bonus) | Depende del patrimonio |
| Valencia | 75% bonificación | Sin bonificación donación | Herencia |
| Canarias | 99,9% bonificación | Alta sin bonus | Herencia |
Muchas familias calculan solo el ISD al donar — y se olvidan del IRPF del donante. Si donas un piso que compraste por 100.000€ y ahora vale 300.000€, Hacienda considera que has "vendido" ese piso con una ganancia de 200.000€ y tributas por ella en el IRPF (19%-28% según la ganancia).
En cambio, en la herencia no hay IRPF para los herederos — la plusvalía del muerto queda exenta. Esta diferencia puede suponer decenas de miles de euros.
Consulta nuestra guía completa de impuestos al donar un piso a tus hijos para el detalle completo.