La Plusvalía Municipal (Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, IIVTNU) es uno de los impuestos que los herederos deben liquidar cuando reciben un inmueble urbano. Afecta exclusivamente al valor del suelo, no a la construcción.
El incremento del valor del terreno urbano desde la última transmisión del inmueble hasta la actual herencia. No grava el valor de la construcción (el edificio) ni el precio total del inmueble, solo el componente suelo y su incremento temporal.
Tras una sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional el método de cálculo anterior, desde noviembre de 2021 existen dos métodos de cálculo y el contribuyente puede elegir el más favorable:
| Método | Cómo se calcula | Cuándo es mejor |
|---|---|---|
| Método objetivo | Valor catastral del suelo × coeficientes por años de tenencia | Cuando el suelo sí ha subido |
| Método real | Diferencia real entre precio de compra y precio actual del suelo | Cuando el suelo no ha subido o ha bajado |
El tipo máximo es del 30% sobre la base imponible, aunque cada Ayuntamiento establece su propio tipo dentro del máximo legal. En grandes ciudades suele estar entre el 20% y el 30%.
Para un piso en una ciudad mediana con valor catastral del suelo de 60.000€ y 20 años de antigüedad, la plusvalía puede oscilar entre 3.000€ y 8.000€ con el método objetivo. Con el método real, si el suelo no ha subido, puede ser 0€.