Herencias y sucesiones en España
📋 Marco legal: La legítima se regula en los arts. 806-822 CC. Cuantía: art. 808 CC (2/3 para hijos). Preterición: art. 814 CC. Desheredación injusta: art. 851 CC. Acción de reducción de donaciones inoficiosas: art. 820 CC. Prescripción: art. 1.964 CC (5 años). En Cataluña: arts. 451-1 y ss. CCCat (legítima = 1/4).

Si crees que no has recibido la parte de la herencia que te corresponde por ley, tienes derecho a reclamar tu legítima. La legítima es la porción mínima de la herencia que la ley reserva a ciertos herederos — los hijos, principalmente — y que el testador no puede eliminar ni reducir por debajo de ese mínimo.

Qué es la legítima y cuánto es

La legítima en el derecho civil común (la mayoría de España) es:

HerederoLegítimaBase legal
Hijos y descendientes2/3 de la herenciaArt. 808 CC
Padres y ascendientes (si no hay hijos)1/2 de la herenciaArt. 809 CC
Cónyuge (concurriendo con hijos)Usufructo del tercio de mejoraArt. 834 CC

Nota: en Cataluña la legítima es solo 1/4 de la herencia para los hijos, y puede pagarse en metálico aunque el testador no lo haya dispuesto.

Cuándo puedes reclamar la legítima

Puedes reclamar cuando:

Cómo reclamar la legítima paso a paso

1
Obtén el testamento — Solicita el Certificado de Últimas Voluntades y una copia del testamento en la notaría donde se otorgó.
2
Calcula la legítima — Con un abogado, calcula el caudal hereditario relicto (bienes al fallecimiento + donaciones en los últimos años) y determina cuánto te corresponde por legítima.
3
Intenta el acuerdo extrajudicial — Antes de ir al juzgado, requiere notarialmente al heredero instituido el pago de tu legítima. A veces se resuelve sin litigio.
4
Mediación — Si el acuerdo directo fracasa, la mediación puede resolver el conflicto en 2-4 meses a un coste mucho menor que el juicio.
5
Demanda judicial — Si todo lo anterior falla, interposición de demanda civil de reclamación de legítima. Un abogado y procurador son obligatorios para el juicio.

Plazos para reclamar la legítima

La acción de reclamación de legítima tiene un plazo de prescripción de 5 años desde que el legitimario pudo ejercer la acción (art. 1.964 CC, reformado por Ley 42/2015). Generalmente, el plazo empieza a contar desde que se conoce el testamento y la apertura de la sucesión.

No dejes pasar tiempo. Cuanto más tarde actúes, más difícil es localizar y valorar los bienes, y más cercana está la prescripción.

Si el fallecido donó bienes antes de morir

Si el fallecido realizó donaciones en vida que perjudican tu legítima, el artículo 820 CC permite reducir esas donaciones para completar la legítima. Esta acción se llama reducción de donaciones inoficiosas.

El orden de reducción es: primero se reducen los legados, después las donaciones más recientes. Las donaciones más antiguas se respetan hasta donde sea posible.

La legítima en Cataluña: importante diferencia

En Cataluña, la legítima es solo el 25% de la herencia (art. 451-5 CCCat), frente al 66% del derecho común. Además, en Cataluña:

Qué es exactamente la legítima y cuánto representa

La legítima es la porción de herencia que la ley reserva obligatoriamente a los herederos forzosos, de la que el testador no puede disponer. En España, para los hijos y descendientes la legítima es de dos tercios de la herencia (uno de mejora entre descendientes y uno de legítima estricta que se divide a partes iguales). El tercio restante es de libre disposición. Si el testamento perjudica la legítima, los herederos pueden reclamarla aunque no sean instituidos herederos en el testamento.

Plazo para reclamar la legítima: cuánto tiempo tienes

La acción para reclamar la legítima tiene un plazo de prescripción de quince años desde la apertura de la sucesión (artículo 1964 del Código Civil). Aunque el plazo es largo, lo recomendable es actuar cuanto antes: la demora puede perjudicar la prueba y, si los bienes hereditarios se han vendido a terceros de buena fe, puede ser imposible recuperarlos. Además, el artículo 1001 CC establece que la acción para el complemento de legítima prescribe a los cinco años.

Cómo reclamar la legítima paso a paso

El proceso comienza con una comunicación formal a los herederos testamentarios reclamando el complemento de legítima. Si no hay acuerdo, hay que interponer demanda de juicio ordinario ante el juzgado de primera instancia del último domicilio del fallecido. En la demanda hay que aportar el testamento, el inventario de bienes con valoraciones y el cálculo de la legítima. El juez puede ordenar que se complete la legítima en dinero o en bienes, y condenará en costas al demandado si el recurso era infundado.

Cómo impugnar una desheredación injusta

Si el testamento te deshereda, puedes impugnarlo judicialmente si la causa de desheredación no es de las previstas legalmente o si no ha quedado probada. La carga de la prueba recae sobre los herederos testamentarios: deben acreditar que concurre la causa legal de desheredación. Si el juez determina que la causa no existe o no está probada, la desheredación es ineficaz y recuperas tu legítima. Esta acción también prescribe a los quince años desde la apertura de la herencia.