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Impuesto Sucesiones

Plazo para pagar el impuesto de sucesiones: cómo pedir prórroga

📅 Mayo 2026⏱ 6 min✍️ Revisado por abogadoInformativo

El impuesto de sucesiones tiene un plazo de presentación de 6 meses desde el fallecimiento. Es uno de los plazos más importantes del proceso de tramitación de una herencia, y su incumplimiento genera recargos e intereses automáticos.

El plazo general: 6 meses

Los herederos y legatarios deben presentar y liquidar el impuesto en un plazo de 6 meses contados desde el fallecimiento. Este plazo es el mismo en todas las comunidades autónomas (aunque la normativa autonómica puede matizarlo).

📅 Ejemplo: Si el fallecimiento se produce el 15 de enero de 2026, el plazo de presentación vence el 15 de julio de 2026.

Cómo pedir prórroga: 6 meses adicionales

Si el plazo de 6 meses es insuficiente (herencias complejas, dificultades para valorar los bienes, desacuerdo entre herederos...), puede solicitarse una prórroga de otros 6 meses adicionales.

⚠️ Plazo para pedir la prórroga: La solicitud debe presentarse dentro de los primeros 5 meses del plazo original. Si se pide en el mes 6, ya no hay tiempo. La prórroga no se concede automáticamente; hay que solicitarla expresamente.

La prórroga genera intereses de demora sobre el importe a pagar durante el período de prórroga (actualmente al tipo legal del dinero + 25%, aproximadamente 4–5% anual).

¿Dónde se presenta?

En la Agencia Tributaria de la comunidad autónoma donde residía el fallecido. Cada CCAA tiene su propio modelo y procedimiento. No se presenta en la AEAT estatal.

Qué pasa si no pagas en plazo: recargos

RetrasoRecargoIntereses de demora
Hasta 3 meses de retraso5% sobre cuotaNo
3 a 6 meses de retraso10% sobre cuotaNo
6 a 12 meses de retraso15% sobre cuotaNo
Más de 12 meses20% sobre cuotaSí, desde el inicio
⚠️ Atención: Los recargos se aplican aunque el retraso sea por desconocimiento del fallecimiento o dificultades administrativas. La Administración raramente los condona. Es fundamental cumplir los plazos.

Plazo para el impuesto de donaciones

El plazo para donaciones (cuando se dona en vida) es diferente: 30 días hábiles desde el momento en que se formaliza la donación ante notario. Mucho más corto que el de sucesiones.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pagar el impuesto a plazos?
Sí. La mayoría de CCAA permiten aplazamiento y fraccionamiento del pago. Para bienes inmuebles, algunas permiten aplazamiento de hasta 5 años. Debe solicitarse expresamente y en plazo. El aplazamiento suele devengar intereses.
¿El plazo de 6 meses se cuenta desde la muerte o desde que se conoce?
Se cuenta desde la fecha del fallecimiento, no desde que los herederos se enteran. Si el fallecido vivía en el extranjero y los herederos tardan en conocerlo, el plazo ya empezó a correr. En casos excepcionales puede argumentarse fuerza mayor, pero es difícil de acreditar.

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