Al heredar un inmueble, además del impuesto de sucesiones y la plusvalía municipal, hay gastos notariales y registrales obligatorios para formalizar la herencia. Aquí tienes el desglose completo.
El principal gasto notarial es la escritura de aceptación y adjudicación de herencia. En ella, el notario recoge la aceptación de los herederos y la distribución de los bienes. Los honorarios están regulados por arancel notarial y dependen del valor de los bienes adjudicados.
| Valor de los bienes adjudicados | Coste notarial aproximado |
|---|---|
| Hasta 100.000€ | 300 – 600€ |
| 100.001€ – 300.000€ | 600 – 1.000€ |
| 300.001€ – 600.000€ | 1.000 – 1.500€ |
| Más de 600.000€ | 1.500 – 2.500€ |
Tras la firma de la escritura, los bienes inmuebles deben inscribirse en el Registro de la Propiedad. Los aranceles registrales también son oficiales y dependen del valor del inmueble:
| Valor del inmueble | Arancel registral aproximado |
|---|---|
| Hasta 100.000€ | 200 – 400€ |
| 100.001€ – 300.000€ | 400 – 650€ |
| 300.001€ – 600.000€ | 650 – 900€ |
Los gastos notariales y registrales de la herencia son considerados cargas de la herencia y se pagan con cargo al activo hereditario, antes de repartirlo entre los herederos. No los paga ningún heredero de su bolsillo: salen del dinero de la herencia.