Una vez fallecida la persona y localizados sus bienes, el siguiente paso es formalizar el reparto de la herencia mediante la escritura de adjudicación y aceptación de herencia. Este documento notarial es imprescindible para poder inscribir los bienes a nombre de los herederos, especialmente inmuebles.
Es el documento público en el que todos los herederos, de común acuerdo, inventarían los bienes del fallecido, aceptan la herencia y la reparten entre ellos. Es el instrumento jurídico que traslada formalmente la propiedad de los bienes del fallecido a los herederos.
| Documento | Quién lo emite |
|---|---|
| Certificado de defunción (literal) | Registro Civil |
| Certificado de últimas voluntades | Ministerio de Justicia |
| Certificado de seguros de vida | Ministerio de Justicia |
| Testamento original o copia autorizada | Notario que lo protocolizó |
| Títulos de propiedad de los bienes | Escrituras previas o Registro |
| Certificados bancarios de saldo | Cada entidad bancaria |
| DNI/NIE de todos los herederos | — |
Datos personales del causante y de todos los que intervienen como herederos, con expresión de su título (testamento o declaración de herederos).
Lista detallada de todos los bienes con su valoración: inmuebles (valor catastral o tasación), vehículos (valor de mercado), cuentas bancarias (saldo a fecha del fallecimiento), inversiones, objetos de valor.
Hipotecas, préstamos pendientes, facturas, gastos del fallecimiento. El pasivo hereditario reduce la base imponible del impuesto de sucesiones.
Declaración expresa de cada heredero de que acepta la herencia (pura y simple o a beneficio de inventario).
Descripción de qué bienes concretos se asignan a cada heredero, respetando las proporciones que establece el testamento o la ley.
| Concepto | Coste orientativo |
|---|---|
| Honorarios notariales | 0,2% - 0,3% del valor de los bienes (mínimo ~600€) |
| Inscripción Registro de la Propiedad | 0,1% - 0,2% por inmueble |
| Gestoría / abogado | 500 – 2.000€ según complejidad |
| Impuesto de Sucesiones | Variable según CCAA y valor |
| Plusvalía municipal | Variable según municipio y antigüedad |