Cuando fallece un familiar, una de las primeras gestiones es comprobar si dejó testamento. El Registro General de Actos de Última Voluntad (RAUV), dependiente del Ministerio de Justicia, centraliza todos los testamentos notariales otorgados en España. Sin él, los herederos tendrían que ir notaría por notaría buscando el testamento.
¿Qué información proporciona el certificado?
- Si el fallecido otorgó testamento o no
- Si lo otorgó: ante qué notario y en qué fecha
- Si hubo varios testamentos: cuál es el último otorgado (que es el que prevalece)
ℹ️ Importante: El Registro no facilita el contenido del testamento, solo confirma su existencia y localización. Para obtener el testamento deberás acudir a la notaría indicada con el certificado de defunción.
¿Quién puede solicitarlo y cuándo?
- Puede pedirlo cualquier persona, no necesariamente heredero o familiar
- Solo puede solicitarse una vez transcurridos 15 días hábiles desde la fecha de fallecimiento
- Hay que acreditar el fallecimiento mediante el certificado de defunción
Cómo solicitarlo: tres vías
| Vía | Cómo | Plazo respuesta | Coste |
| Online | Sede electrónica del Ministerio de Justicia (con certificado digital o Cl@ve) | Inmediato o 24–48h | 3,70€ |
| Presencial | Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia | En el acto | 3,70€ |
| Por correo postal | Enviar solicitud con tasa y certificado de defunción | 5–10 días | 3,70€ |
Documentación necesaria
- Certificado literal de defunción original (expedido por el Registro Civil)
- Modelo 790, código 006 (impreso de solicitud, disponible en la sede electrónica del Ministerio)
- Justificante de pago de los 3,70€
- DNI del solicitante
💡 Consejo práctico: El certificado de defunción puede tardar hasta 15 días en llegar del Registro Civil. Puedes pedirlo online (en muchos casos en 24–48h). Empieza por este trámite en cuanto ocurra el fallecimiento, para que los 15 días hábiles corran cuanto antes.
Pasos siguientes tras obtener el certificado
- Si confirma testamento: Acude a la notaría indicada con el certificado de defunción y tu DNI. Pide una copia autorizada del testamento (6–15€ por copia).
- Si no hay testamento: Deberás tramitar la declaración de herederos ab intestato ante notario.