La planificación sucesoria es el conjunto de decisiones jurídicas y fiscales que una persona toma en vida para garantizar que sus bienes lleguen a quienes desea, de la forma más ordenada y con la menor carga fiscal posible.
Sin planificación, pueden ocurrir cosas no deseadas:
El primer paso de cualquier plan sucesorio. Permite designar herederos, hacer legados, nombrar albacea y tutor para hijos menores. Coste: 80–120€. No hay excusa para no tenerlo.
Transmitir bienes antes de morir puede ser más eficiente fiscalmente en algunas CCAA. El donatario recibe los bienes de inmediato y el donante reduce su patrimonio (y la futura base imponible de la herencia). Inconveniente: pérdida definitiva de la propiedad.
Capital que va directamente al beneficiario al margen de la herencia. Inmediato, confidencial y con tratamiento fiscal favorable. El beneficiario no tiene que esperar la tramitación de la herencia.
Transmitir la nuda propiedad en vida (los hijos son propietarios en papel) conservando el usufructo vitalicio (sigues usando el bien). Al fallecimiento, el usufructo se consolida sin coste fiscal adicional.
Solo disponible en Galicia, Aragón, Baleares, País Vasco, Navarra y Cataluña. Acuerdo vinculante sobre la herencia futura con efectos fiscales propios.
Si tienes participaciones en empresa familiar, planificar su transmisión puede permitir una reducción del 95% en el impuesto de sucesiones.
Lista completa de bienes: inmuebles, cuentas, inversiones, seguros, empresa, activos digitales.
¿A quién quieres beneficiar? ¿Hay alguien que necesita protección especial? ¿Posibles conflictos entre herederos?
¿En qué CCAA resides? ¿Cuánto pagarían tus herederos? ¿Hay estrategias de optimización disponibles?
Testamento + seguro de vida como base. En patrimonios complejos: donaciones, pactos, empresa familiar.
Cada 5 años o ante cambios importantes: matrimonio, divorció, nacimiento de hijos, variaciones patrimoniales.