Una pregunta muy frecuente: ¿cobrar una herencia hace que pierda la pensión de viudedad? La respuesta es no, en la gran mayoría de casos. La pensión de viudedad y la herencia son dos cosas completamente distintas e independientes.
La pensión de viudedad es una prestación de la Seguridad Social que se concede al cónyuge (o pareja de hecho con requisitos) de una persona fallecida que cumplía ciertos requisitos de cotización. Es un derecho laboral y de seguridad social, completamente independiente del derecho civil de herencia.
En la inmensa mayoría de casos, no. Heredar bienes no hace que pierdas o reduzcas la pensión de viudedad. Las dos fuentes de ingresos son perfectamente compatibles.
Hay algunas situaciones concretas donde la situación económica del beneficiario puede afectar a la pensión de viudedad:
Las parejas de hecho inscritas y con al menos 5 años de convivencia acreditada tienen derecho a la pensión de viudedad. Además, deben acreditar dependencia económica del fallecido (que los ingresos del fallecido eran al menos el 50% de los ingresos totales de la pareja). Esta condición se evalúa en el momento de la solicitud, no con carácter retroactivo por herencias posteriores.