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Deudas y Pasivos

Deudas de la Seguridad Social y herencias: lo que debes saber

📅 Mayo 2026⏱ 7 min✍️ Revisado por abogadoInformativo

Si el fallecido era autónomo o tenía deudas con la Seguridad Social, estas forman parte del pasivo hereditario. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) tiene la misma potestad que Hacienda para reclamar a los herederos que hayan aceptado la herencia.

¿Qué deudas con la Seguridad Social se heredan?

📊 Caso frecuente: Un autónomo fallece con 3 años de cuotas impagadas del RETA (aproximadamente 9.000€ en 2026). Sus herederos que acepten la herencia pura y simplemente deberán pagar esas cuotas a la TGSS.

¿Cómo saber si el fallecido tenía deudas con la TGSS?

¿Qué privilegio tiene la TGSS?

Los créditos de la Seguridad Social son créditos privilegiados. En el orden de prelación para el cobro de deudas con el activo heredado, tienen preferencia sobre la mayoría de acreedores ordinarios (aunque por debajo de algunos gastos del concurso y créditos con garantía real como hipotecas).

Protección con el beneficio de inventario

Si aceptas con beneficio de inventario, la TGSS solo puede reclamar hasta el valor del activo inventariado. No puede ir contra tu patrimonio personal. Si el activo es insuficiente para cubrir todas las deudas, la TGSS cobra en el orden de prelación que le corresponda.

Preguntas frecuentes

¿Las deudas de la Seguridad Social prescriben con el fallecimiento?
No. Las deudas con la Seguridad Social prescriben a los 4 años (plazo general de prescripción de créditos de Derecho Público), pero este plazo no se reinicia con el fallecimiento. Comienza desde el momento en que la deuda es exigible y se interrumpe con reclamaciones de la TGSS.
¿Pueden los herederos acordar con la TGSS un aplazamiento de la deuda?
Sí. La TGSS permite solicitar aplazamientos y fraccionamientos de deuda, también para los herederos que han asumido deudas del fallecido. Hay que solicitarlo expresamente y cumplir los requisitos generales.

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