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Impuesto de Sucesiones

Impuesto de Sucesiones para no residentes en España: la guía completa 2026

📅 Mayo 2026⏱ 12 min✍️ Revisado por abogadoInformativo

El impuesto de sucesiones para no residentes fue, durante años, uno de los grandes focos de discriminación fiscal en España. Las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE y el Tribunal Supremo han cambiado radicalmente el panorama. Sin embargo, la aplicación práctica sigue generando dudas y reclamaciones.

La situación antes y después de 2015

Hasta 2015, los ciudadanos de la UE no residentes en España debían tributar por la normativa estatal, sin acceso a las generosas bonificaciones autonómicas. Un hijo residente en Alemania que heredaba de su padre con domicilio en Madrid pagaba como si el fallecido viviera en una comunidad sin bonificaciones, aunque Madrid tuviera una rebaja del 99%.

🚨 Sentencia TJUE 2014: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó a España por esta discriminación en el asunto C-127/12. Como resultado, la Ley 26/2014 equiparó el tratamiento fiscal de residentes y no residentes comunitarios.

Marco legal actual: quién puede acogerse a qué normativa

SituaciónNormativa aplicableBonificaciones
Fallecido residente en España, heredero residente en UE/EEECCAA del domicilio del fallecidoSí, las de esa CCAA
Fallecido no residente en España, heredero residente en EspañaCCAA de residencia del herederoSí, las de su CCAA
Ambos residentes en UE/EEE, bienes en EspañaCCAA donde están los bienes
Fallecido o heredero fuera de UE/EEENormativa estatalNo (o muy limitadas)

El problema de los países fuera de la UE

La equiparación solo alcanza a residentes de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega, Liechtenstein). Si el heredero reside en EEUU, México, Argentina o cualquier otro país fuera del EEE, sigue tributando por la normativa estatal sin acceso a las bonificaciones autonómicas.

💡 Convenios de doble imposición: España tiene convenios con varios países que regulan la tributación de herencias. Los convenios con Francia, Suecia, Grecia, y otros países de la UE pueden reducir o eliminar la doble imposición. Consulte siempre si existe convenio con el país de residencia del heredero o del fallecido.

Cómo reclamar si tributaste en exceso

Si pagaste el impuesto de sucesiones como no residente antes de 2015 (o incluso después) aplicando la normativa estatal sin acceso a bonificaciones autonómicas y eres residente de la UE/EEE, tienes derecho a reclamar la diferencia. El plazo de prescripción puede ser de 4 años desde el pago.

Procedimiento de presentación para no residentes

Los no residentes deben presentar el impuesto ante la Agencia Tributaria Estatal (modelo 650 o 660), y designar un representante fiscal en España. El plazo sigue siendo de 6 meses desde el fallecimiento, con posibilidad de prórroga de otros 6 meses.

📋 Documentación especial: Certificado de últimas voluntades del país de origen (apostillado), documentación equivalente al certificado de defunción, acreditación de residencia fiscal fuera de España y en su caso certificación de la CCAA competente.

Preguntas frecuentes

¿Un ciudadano español residente en el extranjero paga más impuesto de sucesiones?
Depende del país de residencia. Si reside en la UE o el EEE, se aplica la normativa de la CCAA con la que tenga mayor conexión (donde estén los bienes o el domicilio del fallecido). Si reside fuera del EEE, en principio se aplica la normativa estatal, más gravosa.
¿Puede un residente en España reclamar si ya pagó de más como no residente?
Sí. Si el pago se realizó en los últimos 4 años, puede solicitar la rectificación de la autoliquidación. Para pagos anteriores, existen procedimientos especiales dependiendo de las circunstancias. Un abogado especializado puede asesorar sobre la viabilidad de la reclamación.

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